11/11/08

Respuesta del Rector a mis denuncias

La experiencia que tengo hasta ahora en esta universidad es que, cuando denuncio irregularidades, obtengo la callada como respuesta y, si insisto, entienden que el problema soy yo por denunciar las anomalías, e inician actuaciones encaminadas a sancionarme. Así lo hizo Alberto Fernández, quien llegó a sancionarme por un supuesto trato irrespetuoso a un superior, donde él hacía de juez y parte, sanción que fue anulada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en sentencia firme nº 407 de 1999. La sanción contenía también amenazas que no surtieron su efecto.
Como es raro que los problemas se resuelvan solos, y más los que denuncié, suelen persistir e incrementarse. Es por ello, por lo que años después, sigo con las denuncias de viejos y nuevos problemas, dado que quienes nos gobiernan en la Universidad prefieren no hacer nada para solucionarlos.
Una de mis últimas denuncias ha sido el que el defensor universitario, D. Antonio Pulido Bosch, en los temas que he puesto en su conocimiento (ocultación que hace el director del departamento de graves denuncias sobre la docencia a través de no incluirlas en las actas de las reuniones, no constándome que haya hecho nada el Director ni la Inspección de Servicios para solucionarlas), ha preferido dejar que mis derechos como miembro de la comunidad universitaria sigan siendo vulnerados.
Reiteradamente, lo he denunciado públicamente, como recordaréis. La última vez hace unos días, a través de mensajes a los miembros de la Conferencia de Defensores Universitarios para que pidan que el Rector de la Universidad de Almería, como presidente del Claustro, haga algo para que no existan dudas sobre el buen funcionamiento de tan imprescindible institución, el Defensor Universitario (propongo que el claustro forme una comisión independiente que lo investigue para exigir las responsabilidades oportunas), o también para que conminen al cosocio de la Conferencia de Defensores (D. Antonio Pulido Bosch) a que no deje pasar mi denuncia de tan graves hechos.
El Rector de la Universidad, D. Pedro Molina, ha decidido hacer algo: ha pedido al Inspector de Servicios, D. Antonio Sánchez Cañadas, “el inicio de Información Reservada relacionada con el correo electrónico que Vd. envió referido al Defensor Universitario.” Y me citan para que efectúe la declaración que considere pertinente.
¿Se querrá afrontar los problemas de fondo para solucionarlos o se optará por entender que el problema son mis denuncias públicas? Es posible que en breve empecemos a conocer la respuesta a esta pregunta.
Por otra parte, aprovecho este mensaje para recordarle al Rector, a quien también envío copia, que no ha resuelto dos recursos que le formulé, habiendo transcurrido ya más de los tres meses preceptivos, y que, básicamente tratan de si en esta Universidad se aplica la ley de procedimiento administrativo y otras leyes.
¿He de entender que hay silencio administrativo y no se pronuncia el Rectorado y he de recurrir al Contencioso Administrativo para que se diga si es legal o no lo que se está haciendo en el Departamento de Filología?
Un cordial saludo.
Jorge Lirola Delgado.
Departamento de Filología.

15/10/08

Antonio Pulido no ha cumplido con su obligación de defensor

Yo, Jorge Lirola Delgado, Profesor de la Facultad de Humanidades de la Universidad de Almería (despacho nº 207), denuncio públicamente, en el seno de la comunidad universitaria, que Antonio Pulido Bosch no ha cumplido con las obligaciones que se derivan de su cargo de defensor universitario, para el que cobra, en el caso en el que le he pedido su intervención.
Le pedí que velara para que se respetara, como miembro de un órgano colegiado de la Universidad de Almería, el Consejo del Departamento de Filología, mi derecho a formular ruegos y preguntas y a que éstos consten en la correspondiente acta con el sentido con el que los he formulado, sin que se decida por votación si se incluyen o no. Curiosamente, me dice que me asiste ese derecho, pero no defiende su aplicación. Ni tan siquiera me consta que haya entrado realmente en el tema de si es que considera que no formulé esas preguntas y ruegos ni sé si ha comprobado si están recogidos en las actas correspondientes.
Tras tres meses menos un día de espera, resolvió amparando que se vulneraran mis derechos. Durante esos tres meses, primero, me acusó de haber filtrado la denuncia a la prensa, cosa que no hice; después me comentó que sería indigno que a los profesores nos controlaran la asistencia a clases (algunos de mis ruegos y preguntas se refieren a reclamaciones de alumnos que han denunciado a profesores que no asistían a clase y que yo mismo he constatado que son ciertas, sin que me conste que las instancias competentes hayan hecho nada por atenderlas y subsanar lo que hubiera que subsanar). Además, no se creía el defensor que en otras universidades hubiera un control de la asistencia de los profesores a las clases, y me acusó verbalmente de ser yo quien vulneraba los derechos de la mayoría de los miembros del Departamento, sin que, por otra parte, pareciera estar dispuesto a defender tampoco esos derechos que entendía él vulnerados, pudiendo actuar de oficio. No quiso tampoco oír a una de las alumnas que había denunciado irregularidades. Y, finalmente, me pedía que me abstuviera de difundir mis denuncias en la red de la UAL.
Sin duda, necesitamos un defensor universitario independiente, capaz de defender los derechos de los miembros de la comunidad universitaria cuando estos sean vulnerados por alguna de las autoridades de la Universidad de Almería, una persona que no tema enfrentarse con el poderoso cuando sea por una causa justa, como lo es la defensa de los derechos de los administrados frente a los administradores.
Por lo que yo he podido comprobar, Antonio Pulido Bosch no da ese perfil y le pido a él mismo, a quien le envío este mensaje, que, si entiende que es falso lo que digo, lo diga también públicamente y pida, incluso, que se inicien las actuaciones oportunas para que yo asuma mis responsabilidades.
Por mi parte, yo inicio este procedimiento público para que asuma Antonio Pulido Bosch la responsabilidad de sus actos. En ese sentido, solicito desde aquí y vía registro al Rector, como Presidente del Claustro que lo nombró y al que rinde cuentas anuales de su actuación, que le pida que aclare si es falso lo que digo y lo haga público. Envío este mensaje a Pedro Molina (Rector) y a todos los que he podido, seáis claustrales o no, con el ruego encarecido de que pidáis que la persona que está nombrada como defensor universitario dé la cara y, si es falso lo que digo, no se me permita levantar falso testimonio por el bien de lo que debe ser una respetable institución como es el defensor universitario. También se lo envío al resto de defensores/as de las universidades españolas, para su conocimiento y los efectos que estimen oportunos.
¡Por una universidad limpia y unos poderes públicos responsables!

4/8/08

Incompetencia jurídica del Rectorado de la UAL

Para aquellos que no dispongan de mucho tiempo para leer todo el mensaje, expongo la conclusión a la que llego: Creo que el Rector, Pedro Molina, o, en su caso, quien le confecciona las resoluciones que me ha notificado, no tiene sólidos conocimientos de derecho o, en su defecto, está prevaricando, siendo ambos supuestos de suma gravedad, por lo que se deberían tomar medidas urgentes.
Hace aproximadamente un año, el 31 de julio del 2007, recibí la resolución por parte del Rector de la Universidad de Almería, Pedro Molina García, de un recurso que le había presentado el 13 de abril. En él, impugnaba la convocatoria de una reunión extraordinaria del Departamento de Filología y cada uno de los acuerdos adoptados en la misma, pues entendía que el entonces Director, Javier Fornieles Alcaraz, abusaba de las convocatorias de reuniones extraordinarias. El orden del día de aquella reunión era el siguiente:
- Aprobación, si procede, de proyecto de tesis doctoral (S. Ridao)
- Autorización, si procede, para virtualizar asignaturas optativas y de libre configuración.
- Autorización para participar, si procede, en el proceso de renovación de ordenadores.
En el recurso le indiqué a Pedro Molina que había existido tiempo para convocar la reunión de forma ordinaria y no estaba justificado el carácter extraordinario y que, desde hacía varios años, Javier Fornieles convocaba numerosas reuniones con carácter extraordinario sin justificación alguna, en lugar de con carácter ordinario, como puede comprobarse en el libro de actas, habiéndose convertido ésta en una forma habitual de proceder por lo que entendía yo que podía estar incurriendo en fraude de ley, por utilizar una figura jurídica (la reunión extraordinaria) como forma ordinaria de proceder. Lo que a mi entender subyacía en el fondo de la cuestión era la voluntad de Javier Fornieles de que no hubiera reuniones con el punto de “ruegos y preguntas” pues, tras rechazar él una y mil veces mis peticiones de que se incluyeran en el orden del día temas en los que se denunciaban irregularidades importantes en el seno del Departamento, entre ellas algunas cometidas por él mismo (detallaré algunas en un próximo “cómo cobrar y no trabajar en la UAL”), tampoco quería él que las pudiera plantear en ruegos y preguntas.
Aunque mi especialidad no es Derecho (soy profesor de Estudios Árabes e Islámicos), alcanzo a comprender que la resolución del Rector Magnífico debía entrar en si estaba o no justificada la convocatoria extraordinaria, si todos y cada uno de los temas mencionados eran tan urgentes como para motivar el carácter extraordinario y en comprobar, como le denunciaba, si había habido tiempo de convocarla con carácter ordinario y no extraordinario. Pero no, no entraba en ello, sino que se basaba en la declaración genérica que le hacía Javier Fornieles de que “las reuniones extraordinarias del Consejo del departamento vienen motivadas generalmente por la necesidad de atender alguna petición de informes o de solicitudes que reclaman otros servicios de la Universidad”. O sea, que en nuestro departamento hemos de actuar deprisa y corriendo porque así se hace en toda la Universidad. Aquí hacemos todo deprisa y corriendo, por lo que debe ser un milagro que salgan bien las cosas. Bromas aparte, es muy triste y preocupante el tema. En ningún momento se justificaba la urgencia de todos y cada uno de los puntos a tratar y, sin embargo, Pedro Molina resolvía sin comprobar los hechos.
En su momento no denuncié este tema en el juzgado porque, por un lado, Javier Fornieles convocó una nueva reunión de departamento el 27 de abril e incluyó los mismos tres puntos del orden del día y, ésta vez sí, era una reunión ordinaria (¿se puede aprobar dos veces lo mismo?) Quedaba demostrado que los puntos no eran tan urgentes como para justificar que se trataran en reunión extraordinaria. Esta importante circunstancia, producida con posterioridad a mi recurso, se obviaba en la contestación de Javier Fornieles a Pedro Molina y también en la resolución de este último. Por otro lado, el mencionado director pasó a mejor vida (Pedro Molina lo nombró Vicerrector de Estudiantes) y el nuevo director, Juan Luis López Cruces, dejó de abusar de convocar reuniones extraordinarias, por lo que, por mis otras ocupaciones, dejé dormir el tema.
Seguramente me equivoqué en no pedir responsabilidades y no exigir a las autoridades, que cobran unos sueldos complementarios por administrarnos, que nos administren bien y no abusen del poder que se les concede, de forma que las actitudes abusivas tengan un coste y dejen de producirse.
Hace unos días, el 1 de agosto (resulta curioso que Pedro Molina se espere a esas fechas tan veraniegas y vacacionales para resolver los recursos que le presento), me ha notificado la resolución de un nuevo recurso que le había planteado y que paso a explicar: Con fecha del 25 de abril de 2008 le había presentado uno contra la aprobación de un acta del consejo de departamento en el que el nuevo director, Juan Luis López Cruces, había sometido a votación dos de las numerosas correcciones que me había visto obligado a hacer, relativa una de ellas a irregularidades en la docencia que entiendo que se quieren ocultar. En la votación a la que sometió mi propuesta de modificación el director se dio un curioso resultado: dos votos a favor de mi modificación (el mío propio y el de una alumna que tiene conocimiento directo de las irregularidades que se han producido en esa asignatura por haberla cursado), dos votos en contra de mi modificación (los del Director y el Secretario) y 12 abstenciones. Total, que se me atribuyó un ruego que no es el que había formulado y no se quiso incluir el que verdaderamente había realizado pues, en caso de empate, el voto del director vale doble y dirimió así el empate, sin entrar verdaderamente en si ese era en realidad mi ruego o no.
Pedro Molina o quien le haya confeccionado la resolución que ha firmado, según me ha dado traslado María Luisa Trinidad García, Secretaria General, parece querer decirme, por un lado, que no es un acto administrativo lo que yo recurro. En mi recurso se puede leer claramente que recurro la aprobación del acta. Me pregunto: ¿no es un acto administrativo dicha aprobación¿ ¿o es que no ha leído bien mi escrito? Por otro lado, me indica que el recurso se ha interpuesto fuera del plazo legal correspondiente a un recurso de alzada, pues la aprobación se produjo el 27 de febrero del 2008. Esto es cierto, aunque el acta en el que se decía que se había aprobado aquella otra acta planteó serios problemas y el director del Departamento propuso posponerla “para llegar –según él- a un mejor acuerdo con D. Jorge Lirola sobre algunos puntos del texto”, aparte del hecho de que Juan Luis López Cruces no me remitió copia de documentación que le pedí el 29 de febrero hasta el 25 de junio, para comprobar diversos extremos.
De cualquier forma, entremos en el fondo y en los hechos que entiendo que pueden ser punibles y no objeto de un simple recurso de alzada y que, como funcionario, puse en conocimiento de mi superior, el Rector, “para que, de no ser subsanados inmediatamente, abra una investigación por si constituyen encubrimiento de irregularidades en el ejercicio de la función pública y falsedad en documento público al no recogerse el verdadero sentido de mi ruego e impedir que se recoja, con el tema de fondo de las irregularidades en una asignatura que se han producido a lo largo de diversos años por lo que me consta fehacientemente, lo que está substanciado en reclamaciones presentadas en la inspección de servicios y el Departamento de Filología por diversos alumnos y por mí mismo”. Así se lo pedí expresamente a Pedro Molina, sin que, en su resolución, compruebe los hechos y resuelva lo que él cree que es el fondo sin establecer estos hechos, que son claves: ¿el ruego que aparece en el acta atribuido a mí realmente es el que hice denunciando la pasividad del director ante las irregularidades? ¿Se han tergiversado mis palabras en el acta? Considera Pedro Molina que el acta se ajusta a derecho a partir de un informe del director del Departamento, Juan Luis López Cruces, que contiene numerosas falsedades que paso a detallar, sin que, insisto, el director entre en ningún momento a mantener que ese fue realmente mi ruego y que mis palabras no han sido tergiversadas.
Dice Juan Luis López Cruces, refiriéndose a mí: “se alteró sobremanera porque yo, en calidad de moderador, no consideré que procediera debatir asuntos en los que había pleno acuerdo con el fin de que la reunión no se alargara innecesariamente” y añade que no planteé objeción ni tampoco manifesté durante la reunión la intención de impugnar la aprobación del acta, que estuve de acuerdo durante la propia reunión con el procedimiento, etc. Es absolutamente cierto que me alteré, pero no por lo que él dice, sino porque me parece indigno que se decida por votación, sin mediar intervenciones sobre si eso fue lo que manifesté y rogué y no se incluya el verdadero sentido de mi intervención y del ruego que formulé, seguramente para ocultar las irregularidades que me constan que se han producido y la pasividad del anterior director, Javier Fornieles, y del nuevo, Juan Luis López Cruces. Me alteré especialmente cuando formulé mi voto particular hasta el punto de ponerme a llorar sin que ello me impidiera manifestar mi indignación porque creo que “más grave que el comportamiento de quienes cometen irregularidades, como es que no se dé clases en una asignatura, que se adelante más de un mes el examen por parte de la profesora de forma unilateral, y otras que he puesto en conocimiento de la dirección del Departamento, es el de aquellos que teniendo conocimiento y competencias para afrontarlas constructivamente para que se reparen los daños y no vuelvan a producirse las irregularidades decidan tratar de taparlas y hacer oídos sordos a las denuncias de las mismas” (así lo consigné en un escrito dirigido a Juan Luis López Cruces, quien, curiosamente, dice que me mostré de acuerdo entonces) y me alteré especialmente por el procedimiento que decide utilizar una persona de la que he sido compañero de estudios en EGB, en BUP y en este mismo Campus universitario en el que, por cierto, teníamos profesores que no venían entonces a clase y de ello también se quejaba Juan Luis entonces y ¿ahora ampara que algunos profesores no cumplan con sus clases? Me duele también por lo que supone que, a quien he considerado compañero y amigo, ahora, desde su puesto de director, decida no hablarme, me exija que si tengo algo que decirle que lo haga por escrito y decida dirigirse a mi con el tratamiento de usted, confundiendo, entiendo yo, lo que es verdaderamente el respeto, que no debe ser un mero formalismo. Quizá sea cierto que, con frecuencia, el poder insensibiliza y ciega.
Entiendo que la situación es preocupante, por el abuso de poder que considero que se está produciendo al resolverse los recursos sin contrastar los hechos. Sería importante que los aquí mencionados contestaran a este mensaje, pues mis acusaciones son muy graves. ¿Es falso testimonio lo que digo? ¿Lo van a permitir?
Además, estoy a la espera de que Pedro Molina resuelva otros dos recursos importantes por el fondo que subyace a los mismos. Ambos los presenté el 8 de julio y en uno le pedía que lo resolviera de forma urgente, pues entiendo que la Dirección del Departamento se ha apartado gravemente de la legalidad vigente y son nulas de pleno derecho todas las reuniones que se están convocando desde el 30 de junio de 2008 y, lógicamente, todos los acuerdos adoptados en las mismas, por no seguirse el procedimiento legalmente establecido (se han adelantado en echarme de la Junta de Dirección, que es la que establece el orden del día de las reuniones del Consejo de Departamento, sin esperar a que lo decidiera el Consejo del Departamento, que es el órgano colegiado que tenía la competencia para hacerlo).
Por otro lado, desde el 8 de mayo de 2007 vengo pidiendo a Pedro Molina una entrevista para exponerle personalmente diversos hechos graves que afectan al funcionamiento y la credibilidad de la institución que él dirige y en la que yo trabajo, entre otros lo que puede ser una malversación de fondos públicos. Se lo he reiterado varias veces, por escrito, y en petición directa a su secretaria, quien no me contesta cuando le pregunto qué razón da Pedro Molina para no recibirme o si es que ella no le dice que de forma reiterada desde hace más de un año le sigo pidiendo la entrevista. ¿Es que no tenemos vías y cauces de solucionar los problemas en la propia Universidad? Los hechos que voy comprobando me dicen que no, que no funcionan algunas instancias que son clave y que, por lo que contrasto, con frecuencia no parece haber voluntad por parte de ciertas autoridades de solucionar los conflictos. Quizás tengamos que recurrir a ámbitos ajenos a la Universidad para tratar de que se haga algo y que esta universidad pública que estamos pagando todos con nuestros impuestos mejore.

31/7/08

Petición para tratar en la próxima reunión de la SEEA

En la anterior asamblea general de la Sociedad Española de Estudios Árabes (SEEA), en “ruegos y preguntas”, expuse brevemente unos hechos en relación con un proyecto de investigación que había solicitado al Ministerio que ahora también os resumo y solicité que en la próxima asamblea se incluyera un punto en el orden del día para que la misma se pronuncie sobre solicitar a las distintas instancias competentes (Ministerio y la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva o ANEP) el cumplimiento de la ley para evitar indefensión en algún miembro de la SEEA.
Por lo que a mí me consta, y os resumo a continuación, entiendo que no se está cumpliendo con la legalidad y se pueden lesionar nuestros legítimos derechos.
El 31 de enero de 2005 un grupo de personas solicitamos un proyecto de investigación al Ministerio de Educación y Ciencia.
Con fecha de 28 de septiembre de 2005, D. Javier Moscoso Sarabia, en nombre del Ministerio de Educación y Ciencia, nos comunicó que nuestro proyecto había alcanzado un total de 45 puntos, mientras que la puntuación de corte había sido de 70, por lo que nos comunicaba que nuestra solicitud no había alcanzado la prioridad suficiente para ser financiada y nos indicaba que disponíamos de un plazo máximo de diez días naturales para manifestar las alegaciones que consideráramos oportunas.
El 7 de octubre de 2005 me personé en las dependencias del la Dirección General de Investigación del Ministerio y solicité a D. Javier Moscoso Sarabia que me facilitase el acceso a la consulta del expediente completo para formular las alegaciones que él mismo me había informado que tenía derecho a hacer. Dicho funcionario no me permitió consultar el expediente con los informes y la identidad de los informantes y me indicó que, dado que teníamos 45 puntos y el corte había sido en 70, por mucho que alegáramos no podríamos superar ese corte. Ese mismo día alegué que se me dejaba en indefensión para formular las alegaciones.
El 18 de noviembre de 2005 el Ministerio nos notificó que habían concedido el proyecto. Más adelante os comentaré los entresijos de este y otros casos y os puedo facilitar la documentación al respecto.
Ahora me interesa poner en vuestro conocimiento lo que entiendo que es una vulneración de los derechos de varios miembros de la SEEA (seguramente habrá más casos que se puedan sumar a éste: más proyectos de investigación no concedidos y tramos de investigación igualmente no concedidos, sin que la Administración haya facilitado el informe completo, incluida la autoría del mismo, a los interesados), razón por la que estimo conveniente que lo tratemos en la Asamblea y pido que ésta se pronuncie en el sentido de solicitar a las instancias competentes que se abandonen esas prácticas y se cumpla con la legalidad vigente. Esta establece (Ley de Procedimiento Administrativo, art. 35 y 37) que los ciudadanos, en sus relaciones con las Administraciones Públicas, tenemos derecho a conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengamos la condición de interesados y obtener copias de documentos contenidos en ellos; a identificar a las autoridades y al personal de servicio de la Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramitan los procedimientos.
Por otra parte (art. 84 de la Ley de Procedimiento Administrativo), antes de cualquier resolución administrativa, los interesados tienen derecho a alegar lo que estimen pertinente en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince. Este trámite de audiencia está considerado esencialísimo y hasta sagrado por cuanto que es expresión del principio general de que nadie puede ser condenado sin ser oído, principio consagrado constitucionalmente en los artículos 24.1 y 105.3. Y con el citado trámite lo que se pretende es facilitar al interesado el conocimiento de la totalidad del expediente y permitirle realizar una defensa completa y eficaz de sus intereses en base a lo actuado en el mismo procedimiento con el fin de no sustraer al interesado ninguna de la piezas o elementos integrantes de la tramitación.
En cualquier expediente de concesión de ayudas o de tramos de investigación, la emisión de informes reviste una importancia crucial. Por informes debe entenderse toda declaración de juicio emitida por órganos especialmente cualificados en materias determinadas y que han de ilustrar al órgano que decide y proporcionarle elementos de juicio necesarios para dictar la resolución con garantías de acierto.
Pero las declaraciones de juicio no dejan de ser actos administrativos de trámite que han de reunir las exigencias legales que la ley impone a todo acto administrativo. Y así, para que podamos decir que existe un acto administrativo, en este caso un informe, se precisa saber quién es el que emite tal declaración de juicio, quién es la persona que se encuentra investida formalmente de la condición de miembro del órgano emisor, pues de otra manera podemos decir que no existe tal declaración: si no hay sujeto que declara no hay declaración, sea ésta de juicio o de voluntad. Cualquier irregularidad que se produzca en el procedimiento los invalida como simples informes, no teniendo valor alguno.
Por otro lado, dada la funcionalidad de los informes, es condición necesaria de su eficacia el que se hayan realizado por personas competentes en las materias en las que se permiten opinar. La omisión de su identificación imposibilita por completo toda labor de crítica hacia esa personas cuyos juicios de valor pueden perjudicar a los interesados, quienes quedarían entonces indefensos ante semejante arbitrariedad. Es inherente a los principios de eficacia en el funcionamiento de las Administraciones Públicas y de interdicción de la arbitrariedad (artículo 9.3 de la Constitución Española) el que se pueda fiscalizar, también, la composición de la comisiones de evaluación y la actuación que llevan a cabo, aún en el caso de que sea por vía de informe. Piénsese qué se podría decir si los informes de los órganos consultivos no fueran firmados por nadie y si, además, ignorásemos la composición de esos órganos; poco se podría decir de la autoridad de los informes emitidos por un órgano así y, por supuesto, no se podrían ejercer derechos básicos como el de recusación de algunos de sus miembros, que regulan los artículos 28 y siguientes de la Ley 30/92 de Procedimiento Administrativo.
Por lo que me consta, la ANEP se escuda en que si se hacen públicos los nombres de los firmantes de los informes nadie querría hacer informes. Es una mera suposición, que, por otra parte, incumple la legalidad vigente. En mi caso, para haber conocido quiénes han sido algunos de los firmantes de los informes de algunos de los proyectos que he solicitado he tenido que recurrir a la autoridad judicial. De ello hablaré en otro momento. No sé cómo seleccionan a las personas que realizan informes, pero creo que si alguien no quiere que su valoración se haga pública, puede ser debido, aparte de otra casuística, a que teme la valoración que otros puedan hacer de su propia valoración. En cualquier caso, considero que nos beneficia a todos los administrados el cumplimiento de las leyes por parte de los administradores, en aras de una mayor transparencia y eficacia.
Dado que creo que este tema entra dentro de los fines de la SEEA, pues contribuye a promover el desarrollo y difusión de nuestros estudios al tener acceso, en igualdad de condiciones, a proyectos de investigación que puedan resultar interesantes a la generalidad, solicité y reitero mi solicitud a la Junta Directiva de la SEEA para que incluya en el orden del día de la próxima asamblea general el que debatamos tan importante tema que nos afecta a la mayoría de los miembros, de una u otra forma, y podamos aprobar un escrito que defienda el cumplimiento de unas leyes que contribuyen a un mejor funcionamiento de los mecanismos públicos de concesión de ayudas y reconocimientos de nuestra labor en el campo del arabismo.

27/7/08

Sobre el expediente de cese de la directora de la Alcazaba

Sigue a continuación la Carta al Director enviada al periódico "La Voz de Almería" el jueves 24 de julio de 2008:
Estimado Sr. Director:
Le ruego que se me permita puntualizar las declaraciones que realicé a preguntas de la periodista Marta Rubí y que han sido extractadas en su periódico, dado que considero que lo aparecido el día 23 de julio no refleja fielmente lo que le manifesté en relación con lo que se anuncia como "próximo cese de la directora de la Alcazaba".
Efectivamente, le indiqué que, al conocer la noticia el viernes 18, me había sorprendido y, de ser así, la lamentaba por conocer de cerca la trayectoria de Ángela Suárez y la historia de la Alcazaba no sólo en el pasado sino también en el presente.
Manifesté que tengo serias dudas de que su puesto sea el de un cargo plenamente político que, como vemos en otros ámbitos, se puede quitar y poner a discreción según los vaivenes de la política. En ese sentido, me consta que, en este caso, se ha abierto un expediente de remoción de puesto de trabajo que puede terminar con el traslado de una funcionaria pública, que fue designada para la dirección de la Alcazaba, a otro puesto que, al parecer, aún no existe. Así se le ha notificado a la interesada y ésta ha podido hacer alegaciones en su legítimo derecho en el preceptivo trámite de audiencia, según el procedimiento administrativo. Y está pendiente de que se emita una resolución administrativa por parte de la Consejera de Cultura de la Junta de Andalucía.
Como le manifesté a la periodista, conozco y he seguido de cerca la trayectoria profesional de Ángela Suárez y he podido comprobar que se trata de una persona competente, diligente y dialogante. Seguramente, las actuaciones de la directora de la Alcazaba, como cualquier intervención humana, han tenido claroscuros. A mí no me constan meteduras de pata y considero injusto, por lo que sé, la afirmación de que con ella "se han cerrado las puertas de La Alcazaba". Al contrario, me consta que la Alcazaba tiene sus puertas abiertas a todos sin distinción, de día y también a veces de noche (tienen mucho éxito las visitas nocturnas), y ello después de haber adecentado enormemente el monumento más emblemático de nuestra provincia que hace años parecía tener la condición de vertedero más que de "Bien de Interés Cultural". Y me gustaría subrayar que ello lo ha conseguido con un presupuesto bastante bajo. En ese sentido, creo que los responsables de las asociaciones a las que supuestamente se les ha cerrado las puertas de la Alcazaba deberían precisar qué es lo que querían organizar, pues, al parecer, en algún caso, las pretendidas actividades consistían en el disfrute particular, estableciéndose peligrosos precedentes, como una comida de socios de una determinada asociación de iniciativa privada. Por lo que respecta al tema del procedimiento a seguir para contar por fin con unas buenas guías oficiales (en sus diferentes modalidades: escrita, auditiva...) es algo que daría mucho que hablar y del podría resultar un fructífero debate que nos apartaría del tema que nos ocupa ahora.
Creo que es bueno que los ciudadanos nos acostumbremos a exigir a los poderes públicos que nos gobiernan que actúen con transparencia, responsabilidad y raciocinio. En mi caso, lo exijo como ciudadano y también como interesado por tocar a mi dedicación profesional y he pedido explicaciones a la máxima responsable política, la que habrá de tomar una decisión sobre el expediente de remoción de puesto de trabajo, la Consejera de Cultura, para que aclare muchos interrogantes, como ¿quién ha iniciado el expediente y por qué? ¿Por un cambio en el equipo de trabajo? ¿Qué lo justifica? No olvidemos que las leyes vigentes prohiben a los poderes públicos la arbitrariedad ¿Nuevos proyectos? ¿Cuáles son? ¿No están funcionando los actuales? Si se reconoce la valía de esa funcionaria, ¿por qué no se quiere que siga trabajando donde trabaja?
No deseo alargarme en exceso. Puede que el cese de la directora de la Alcazaba sea una chapuza política, que provoque que se haya de crear un nuevo puesto de trabajo de alto rango, sin necesidad de ello, en el Museo, en un tiempo, además, de crisis económica en el que, como siempre, los ciudadanos de a pie, que con frecuencia no tenemos ni arte ni parte pagamos con los impuestos directos e indirectos lo que otros deciden. Exijamos que sea con responsabilidad y para ello que los responsables justifiquen claramente, sin muletillas, las decisiones que nos afectan de una u otra forma. Lleguemos al fondo para saber qué se esconde detrás del cese de la directora de la Alcazaba.
Jorge Lirola Delgado (Profesor Titular de Estudios Árabes e Islámicos de la Universidad de Almería, miembro de la Comisión Técnica de la Alcazaba y ciudadano almeriense).

26/7/08

Escrito presentado a la Consejera de Cultura de la Junta de Andalucía ante el expediente de cese de la Directora de la Alcazaba

Jorge Lirola Delgado, con DNI nº 27494505-Y, Profesor Titular de Estudios Árabes e Islámicos en la Universidad de Almería y miembro de la Comisión Técnica de la Alcazaba, con domicilio en C/ Al-Andalus, 9, Almería (04008),
EXPONGO:
Que he tenido conocimiento de que se ha iniciado expediente para la remoción de Ángela Suárez Márquez de su puesto de trabajo de Directora del Conjunto Monumental de La Alcazaba de Almería. Ante ello, quiero manifestar mi sorpresa puesto que posee una trayectoria intachable en la gestión del patrimonio histórico y cultural y constituye uno de los escasos anclajes técnicos de la Consejería de Cultura en la provincia de Almería, desde que nuestra Comunidad Autónoma asumiera las competencias en esta materia. Su calidad profesional y la de la gestión desarrollada en los 24 años que lleva trabajando es conocida y ampliamente reconocida entre los profesionales relacionados con la protección, conservación, investigación, difusión e instituciones del patrimonio histórico, tanto a nivel interno como externo a la Consejería. Por otra parte, ha contado siempre con la confianza y el respeto de los responsables de la Consejería de Cultura, tanto de ámbito andaluz como en la provincia de Almería.
Desconozco las causas que han motivado el inicio del expediente de remoción y, dada la falta de razones evidentes y que, de haberlas, considero que no han sido sopesadas con la trayectoria descrita ni con las mejoras objetivas que se han producido en la gestión del Conjunto Monumental de La Alcazaba de Almería desde que Ángela Suárez Márquez fuera nombrada directora del mismo (en este sentido, cabe destacar que, pese a la ostensible falta de personal y presupuesto económico, en la actualidad dicha institución se encuentra inmersa en el desarrollo de proyectos de investigación, restauración y difusión, además de la puesta en marcha del Plan Director del Conjunto)
SOLICITO:
Que, en el caso de que el expediente de remoción concluya con el traslado de puesto de trabajo, como ciudadano andaluz y profesional interesado en la preservación y puesta en valor de nuestro patrimonio cultural, se me ofrezca una explicación, de forma pormenorizada, de las razones que justifican ese traslado, pues me consta de forma fehaciente que Ángela Suárez está aportando dedicación, ilusión y profesionalidad en el desempeño de sus funciones y sería una gran pérdida el que, por una decisión política, dejara de hacerlo desde su puesto de Directora del Conjunto Monumental de La Alcazaba, el más emblemático de la provincia de Almería.
Almería, 22 de julio de 2008
EXCELENTÍSIMA SRA. Dª ROSARIO TORRES RUIZ. CONSEJERA DE CULTURA. JUNTA DE ANDALUCÍA. SEVILLA.

13/7/08

¿A quién defiende el defensor universitario de la UAL?

Hacía falta que tuviéramos un defensor universitario, una persona independiente, capaz de defender los derechos de los miembros de la comunidad universitaria cuando estos fueran vulnerados por alguno de los órganos de gobierno de la Universidad de Almería (UAL), una persona que no temiera enfrentarse con el poderoso cuando fuera por una causa justa, como lo es la defensa de los derechos de los administrados frente a los administradores. No hay nada más digno a la vez que gratificante.
¿Por qué se ha tardado tanto en conseguir que tuviéramos en la UAL un defensor universitario? ¿Es que no interesaba que existiera una figura así? Dicho lo cual también hemos de preguntarnos: ¿Ha merecido la pena la larga espera hasta el nombramiento de Antonio Pulido Bosch?
En mi caso, puse en manos de Antonio Pulido Bosch dos temas en los que creía que mis derechos como miembro de esta comunidad universitaria habían sido vulnerados y he tenido la oportunidad de hablar en varias ocasiones con él sobre diversos problemas que nos afectan. Tras tres meses menos un día de espera ha resuelto mi queja (parece querer cumplir los plazos legales, aunque agotándolos, lamentablemente: tras tres meses sería silencio administrativo). Todo el proceso, mi queja, sus actuaciones y su contestación, lo iré desglosando en diferentes mensajes porque creo que nos puede interesar a todos y puede ayudar a mejorar la calidad de nuestros servicios públicos. Lo cierto es que me ha decepcionado su comportamiento.
Ahora quiero detenerme en la última parte de su escrito, que copio textualmente:
Dice Antonio Pulido Bosch: “Quiero terminar con una recomendación general: absténgase de difundir en la red de la UAL los contenidos de las quejas presentadas al Defensor, especialmente cuando se dan nombres e interpretaciones de hechos que pueden afectar a la honorabilidad y buen nombre de las personas. Esa recomendación es extensiva a las valoraciones de naturaleza similar hechas en la misma red, aunque no sean documentos presentados al Defensor. Como sabe, en la institución hay mecanismos e instancias en donde puede presentar sus reclamaciones y escritos de índole diversa”.
Como se puede ver, ni comparto ni acato su “recomendación general”, pues precisamente denuncio que, en ciertos temas en los que me he dirigido a diversas instancias de la UAL, incluida la suya, he podido comprobar que no funcionan correctamente y creo necesario que se sepa, responsabilizándome de lo que digo, como pido que se responsabilicen de sus actos los responsables universitarios, que para eso les pagamos.
No puedo entender que el Sr. Pulido Bosch me indicase que, en su opinión, era yo quien vulneraba los derechos de la mayoría de los miembros de la Univesidad (así me lo dijo), a lo que le respondí y me reitero en ello: “¿A qué espera Usted, Sr. Pulido Bosch, para actuar?”. Se escudó en que nadie me había denunciado y le recordé que puede actuar de oficio. Me dijo que es potestad suya hacerlo o no. Le pregunto ahora, públicamente: “Sr. Pulido Bosch, ¿está Usted dispuesto a ignorar disfunciones y vulneraciones de derechos fundamentales en la Universidad de Almería, ignorando sus competencias? Si cree realmente que soy yo el responsable, ¿a qué espera para pedir que se me abra un expediente disciplinario”. Por cierto, no sería la primera vez, pues ya me impusieron una sanción por un supuesto trato irrespetuoso con un superior que un juez anuló por considerarlo abuso de poder y mala fe por parte de Alberto Fernández Gutiérrez, que había hecho las veces de juez y parte, por cierto sin tan siquiera abrir un expediente disciplinario (véase la noticia ) y a los interesados les puedo facilitar toda la documentación.
Continuará.

Archivo: Primera sanción en la historia de la Universidad de Almería

La impuso Alberto Fernández Gutiérrez, entonces Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Almería, el 2 de abril de 1996 a un servidor, profesor de dicha universidad. En el equipo de gobierno que impuso la sanción se encontraba Pedro Molina, entonces vicerrector. Oficialmente fue por un supuesto trato irrespetuoso o "persistencia de la incorrección con las autoridades académicas e incluso con los órganos de gobierno de esta Universidad" por parte del referido profesor, según se decía en la notificación. La realidad es que yo estaba apoyando diversas denuncias de alumnos ante las disfunciones que se producían en esta Universidad. La respuesta del Presidente de la Comisión Gestora, Alberto Fernández Gutiérrez, fue la de intentar reprimir a los denunciantes para acallar y tapar sus denuncias en lugar de investigarlas y solucionar los problemas que se denunciaban.
La sanción fue anulada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en sentencia firme nº 407 de 1999 "por no ser conforme a derecho y por no haberse seguido los trámites establecidos en el Real Decreto 33/86". La sentencia establece que "la sanción que se le impone conculca la legislación vigente incurriendo en desvío de poder y abuso de buena fe" por parte del Presidente de la Comisión Gestora, Alberto Fernández Gutiérrez. Para el Tribunal, "es claro que no se ha seguido el trámite regulado en el artículo 18 del Real Decreto 33/86 (el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado), puesto que la sanción se impuso de plano, sin seguirse el mínimo trámite exigido de audiencia al inculpado previo a la imposición de la sanción, lo que llevaría como consecuencia la nulidad del procedimiento". Pero el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía va más lejos y con respecto al fondo del contenido del escrito presentado el 13 de marzo de 1996, que fue el que motivo la sanción, señala que "en sí mismo, no denota falta de respeto o consideración con iguales o superiores" y afirma que "esta Sala no entiende existan motivos para la imposición de la sanción de apercibimiento por los datos que obran en el escrito inicial del expediente y en su consecuencia lo procedente es la anulación de la sanción impuesta".
Se trataba de la primera y única sanción impuesta a un profesor en esta Universidad, resultando curioso -a mi entender- que hubiera sido por supuesto trato irrespetuoso a un superior. Precisamente, quien suscribe, con anterioridad a la sanción, venía denunciado al Presidente de la Comisión Gestora una serie de irregularidades relativas a denuncias de alumnos no atendidas por la Inspección de Servicios y el mismo Alberto Fernández Gutiérrez. En próxima fecha reproduciré el escrito que presenté ante el Presidente de la Comisión/Rector el 27 de marzo de 1996, previamente a la imposición definitiva de la sanción, escrito en el que se denuncian hechos similares e incluso idénticos a los que al día de hoy sigo denunciando porque, hasta ahora, la respuesta de las autoridades universitarias ante los problemas ha sido no afrontarlos para solucionarlos, sino taparlos y tratar de reprimir a quienes los denuncian.

16/4/08

Acceso a los registros de la Universidad de Almería

Creo que el tema que voy a exponer a continuación nos puede interesar a todos los miembros de la Comunidad Universitaria pues puede afectarnos en alguna ocasión. El pasado 22 de febrero le pedí al Director del Departamento de Filología, Juan Luis López Cruces, copia de una serie de documentación que debe custodiarse en el archivo del citado Departamento. El 9 de abril, recibí la siguiente contestación firmada por él: “tras la consulta oportuna al Gabinete Jurídico de la Universidad, le comunico que, si bien tiene usted derecho a consultar, cuando la haya, toda la documentación relativa a los puntos del orden del día de las reuniones del Consejo del Departamento, para poder votar con conocimiento de causa, sin embargo no le asiste el mismo derecho en lo tocante a la ejecución de los acuerdos tomados en el Consejo ni a otros asuntos relativos a la gestión ordinaria de los asuntos del Departamento”. La consulta al Gabinete Jurídico y la contestación de éste, según me ha ratificado el Director del Departamento, fue verbal. Por más que le he rogado al Director del Departamento y he pedido que conste en acta que cualquier consulta jurídica se haga por escrito y se pida igualmente la contestación por escrito -para, por un lado, comprobar si está bien formulada la consulta, y, por otro, si está suficientemente argumentada la respuesta-, se niega a hacerlo y así me lo ha explicitado, verbalmente también. Parece no querer dejar constancia por escrito de ello. Y ésta es una de las tantas peticiones que el Director del Departamento no quiere incluir en el acta de las reuniones. Ya que para negar una cosa tan sencilla como es facilitar una copia de un documento público que me afecta por ser parte interesada se ha escudado en lo jurídico, envío este mensaje a la responsable del Gabinete Jurídico, Dña. Carmen Pulido, y a la Secretaria General, Dña. María Luisa Trinidad García, que además es profesora de Derecho, con el ruego de que contesten, por escrito, para conocimiento de todos nosotros, los administrados, si tenemos derecho a obtener copia de los documentos que nos afectan. También agradecería a cualquier compañero, especialmente a los de Derecho, sus comentarios al respecto. Igualmente se lo remito al Defensor Universitario, D. Antonio Pulido, para que lo añada a la denuncia que le he formulado sobre la vulneración de mis derechos y de cuya contestación estoy a la espera. Por lo que alcanzo a saber, y a los especialistas les pido que me digan si me equivoco, las leyes y entre ellas la de procedimiento administrativo, dejan bien claro el derecho de los interesados a acceder a los expedientes que les afectan y a obtener copias de los mismos. En este caso concreto, yo pregunto: ¿Es que no soy parte suficientemente interesada para poder obtener copia de un informe en cuya emisión he intervenido, incluso haciendo un voto particular para manifestar mi abstención? Quiero comprobar que se ha recogido mi voto particular para no asumir ninguna responsabilidad ante el hecho de que el informe se ha emitido sin recabar la información necesaria. ¿Es que no soy parte suficientemente interesada para obtener una copia del escrito que yo mismo pedí en Consejo de Departamento que se enviara al Vicerrectorado de Infraestructuras solicitando que éste diera garantías –por escrito- de que el pararrayos instalado en el edificio C no causa ningún perjuicio a la salud de nadie o, en su defecto, pidiendo que lo trasladen a una zona donde no haya ninguna persona próxima? Mi insistencia en ello se debe a que varios profesores del Departamento de Estudios Semíticos de Granada murieron de cáncer a consecuencia de un pararrayos radioactivo que se instaló junto al Departamento. ¿Y es que, como miembro del Departamento, además de responsable de un grupo de investigación, de un proyecto igualmente de investigación del Ministerio y de un proyecto de excelencia de la Junta de Andalucía, no soy parte suficientemente interesada para saber cuáles son las tareas que realiza el PAS del Departamento y que le ha comunicado el Director del Departamento al Gerente, a petición de éste? ¿Es que como miembro del Departamento no tengo derecho a comprobar que los acuerdos que me afectan se han tramitado correctamente y, tras comprobarlo, si no ha sido así, denunciarlo ante las instancias que crea oportunas? ¿Es que tienen algo que ocultar? POR UNA ACTUACIÓN LIMPIA Y RESPONSABLE DE LOS PODERES PÚBLICOS

Contra la censura en el Departamento de Filología (Universidad de Almería)

En las dos últimas reuniones ordinarias del Departamento de Filología, el Director del mismo, Juan Luis López Cruces, sometió a votación algunas de mis propuestas de modificación del acta en relación, sobre todo, con los ruegos y preguntas que había formulado y pedido expresamente que constaran en acta. Al parecer, resultan molestos para algunos, quizá para los que tienen los resortes del poder y llegan a extremos para tratar de ocultar lo que les incomoda. Y, por mayoría, decidieron que no se incluyeran. ¡Viva la dictadura de la mayoría en contra de la libertad de expresión! Para que este comportamiento, en mi opinión despreciable, no alcance el objetivo que pretendía, doy publicidad a los hechos y expongo en este mensaje qué es lo que no quisieron incluir en el acta: Primer caso: Antes de las elecciones de representantes de alumnos para el Consejo de Departamento, pedí al Director que se informara a los alumnos de la importancia de que tuvieran representantes para defender sus derechos, a lo que el profesor Manuel López Muñoz, en tono que algunos entendieron jocoso, dijo: “Y que se les pida también certificado de sangre”. En ruegos y preguntas solicité que se aclarara si lo que había formulado el profesor López Muñoz era una petición y si la Dirección del Departamento la asumía, pues no me extrañaba que hiciera tal propuesta una persona que, desde su cargo de secretario del Departamento, propuso en su momento que la aplicación del reglamento de exámenes que elaboramos fuese potestativo para los profesores, de forma que cada profesor pudiera decidir si los alumnos tenían derechos o no en el proceso de evaluación. ¡Un auténtico despropósito que podía servir de amparo para posibles abusos cometidos por parte del profesorado! Pero, ya se sabe, quien quiere llegar lejos ha de contentar a los que tienen el poder. Para aquellos interesados en saber dónde trabajamos y cómo funcionan algunas de nuestras instituciones, seguiré explicando nuevos casos de lo que no dudo en calificar de agresiones -con votación y sin votación de por medio- contra la libertad de expresión. Y yo, Jorge Lirola, profesor de Estudios Árabes e Islámicos del Departamento de Filología, me responsabilizo de lo que digo y de lo que hago. Oigamos lo que dicen los que puedan darse por aludidos... POR UNOS PODERES PÚBLICOS PLENAMENTE LIMPIOS Y RESPONSABLES