31/7/08

Petición para tratar en la próxima reunión de la SEEA

En la anterior asamblea general de la Sociedad Española de Estudios Árabes (SEEA), en “ruegos y preguntas”, expuse brevemente unos hechos en relación con un proyecto de investigación que había solicitado al Ministerio que ahora también os resumo y solicité que en la próxima asamblea se incluyera un punto en el orden del día para que la misma se pronuncie sobre solicitar a las distintas instancias competentes (Ministerio y la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva o ANEP) el cumplimiento de la ley para evitar indefensión en algún miembro de la SEEA.
Por lo que a mí me consta, y os resumo a continuación, entiendo que no se está cumpliendo con la legalidad y se pueden lesionar nuestros legítimos derechos.
El 31 de enero de 2005 un grupo de personas solicitamos un proyecto de investigación al Ministerio de Educación y Ciencia.
Con fecha de 28 de septiembre de 2005, D. Javier Moscoso Sarabia, en nombre del Ministerio de Educación y Ciencia, nos comunicó que nuestro proyecto había alcanzado un total de 45 puntos, mientras que la puntuación de corte había sido de 70, por lo que nos comunicaba que nuestra solicitud no había alcanzado la prioridad suficiente para ser financiada y nos indicaba que disponíamos de un plazo máximo de diez días naturales para manifestar las alegaciones que consideráramos oportunas.
El 7 de octubre de 2005 me personé en las dependencias del la Dirección General de Investigación del Ministerio y solicité a D. Javier Moscoso Sarabia que me facilitase el acceso a la consulta del expediente completo para formular las alegaciones que él mismo me había informado que tenía derecho a hacer. Dicho funcionario no me permitió consultar el expediente con los informes y la identidad de los informantes y me indicó que, dado que teníamos 45 puntos y el corte había sido en 70, por mucho que alegáramos no podríamos superar ese corte. Ese mismo día alegué que se me dejaba en indefensión para formular las alegaciones.
El 18 de noviembre de 2005 el Ministerio nos notificó que habían concedido el proyecto. Más adelante os comentaré los entresijos de este y otros casos y os puedo facilitar la documentación al respecto.
Ahora me interesa poner en vuestro conocimiento lo que entiendo que es una vulneración de los derechos de varios miembros de la SEEA (seguramente habrá más casos que se puedan sumar a éste: más proyectos de investigación no concedidos y tramos de investigación igualmente no concedidos, sin que la Administración haya facilitado el informe completo, incluida la autoría del mismo, a los interesados), razón por la que estimo conveniente que lo tratemos en la Asamblea y pido que ésta se pronuncie en el sentido de solicitar a las instancias competentes que se abandonen esas prácticas y se cumpla con la legalidad vigente. Esta establece (Ley de Procedimiento Administrativo, art. 35 y 37) que los ciudadanos, en sus relaciones con las Administraciones Públicas, tenemos derecho a conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengamos la condición de interesados y obtener copias de documentos contenidos en ellos; a identificar a las autoridades y al personal de servicio de la Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramitan los procedimientos.
Por otra parte (art. 84 de la Ley de Procedimiento Administrativo), antes de cualquier resolución administrativa, los interesados tienen derecho a alegar lo que estimen pertinente en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince. Este trámite de audiencia está considerado esencialísimo y hasta sagrado por cuanto que es expresión del principio general de que nadie puede ser condenado sin ser oído, principio consagrado constitucionalmente en los artículos 24.1 y 105.3. Y con el citado trámite lo que se pretende es facilitar al interesado el conocimiento de la totalidad del expediente y permitirle realizar una defensa completa y eficaz de sus intereses en base a lo actuado en el mismo procedimiento con el fin de no sustraer al interesado ninguna de la piezas o elementos integrantes de la tramitación.
En cualquier expediente de concesión de ayudas o de tramos de investigación, la emisión de informes reviste una importancia crucial. Por informes debe entenderse toda declaración de juicio emitida por órganos especialmente cualificados en materias determinadas y que han de ilustrar al órgano que decide y proporcionarle elementos de juicio necesarios para dictar la resolución con garantías de acierto.
Pero las declaraciones de juicio no dejan de ser actos administrativos de trámite que han de reunir las exigencias legales que la ley impone a todo acto administrativo. Y así, para que podamos decir que existe un acto administrativo, en este caso un informe, se precisa saber quién es el que emite tal declaración de juicio, quién es la persona que se encuentra investida formalmente de la condición de miembro del órgano emisor, pues de otra manera podemos decir que no existe tal declaración: si no hay sujeto que declara no hay declaración, sea ésta de juicio o de voluntad. Cualquier irregularidad que se produzca en el procedimiento los invalida como simples informes, no teniendo valor alguno.
Por otro lado, dada la funcionalidad de los informes, es condición necesaria de su eficacia el que se hayan realizado por personas competentes en las materias en las que se permiten opinar. La omisión de su identificación imposibilita por completo toda labor de crítica hacia esa personas cuyos juicios de valor pueden perjudicar a los interesados, quienes quedarían entonces indefensos ante semejante arbitrariedad. Es inherente a los principios de eficacia en el funcionamiento de las Administraciones Públicas y de interdicción de la arbitrariedad (artículo 9.3 de la Constitución Española) el que se pueda fiscalizar, también, la composición de la comisiones de evaluación y la actuación que llevan a cabo, aún en el caso de que sea por vía de informe. Piénsese qué se podría decir si los informes de los órganos consultivos no fueran firmados por nadie y si, además, ignorásemos la composición de esos órganos; poco se podría decir de la autoridad de los informes emitidos por un órgano así y, por supuesto, no se podrían ejercer derechos básicos como el de recusación de algunos de sus miembros, que regulan los artículos 28 y siguientes de la Ley 30/92 de Procedimiento Administrativo.
Por lo que me consta, la ANEP se escuda en que si se hacen públicos los nombres de los firmantes de los informes nadie querría hacer informes. Es una mera suposición, que, por otra parte, incumple la legalidad vigente. En mi caso, para haber conocido quiénes han sido algunos de los firmantes de los informes de algunos de los proyectos que he solicitado he tenido que recurrir a la autoridad judicial. De ello hablaré en otro momento. No sé cómo seleccionan a las personas que realizan informes, pero creo que si alguien no quiere que su valoración se haga pública, puede ser debido, aparte de otra casuística, a que teme la valoración que otros puedan hacer de su propia valoración. En cualquier caso, considero que nos beneficia a todos los administrados el cumplimiento de las leyes por parte de los administradores, en aras de una mayor transparencia y eficacia.
Dado que creo que este tema entra dentro de los fines de la SEEA, pues contribuye a promover el desarrollo y difusión de nuestros estudios al tener acceso, en igualdad de condiciones, a proyectos de investigación que puedan resultar interesantes a la generalidad, solicité y reitero mi solicitud a la Junta Directiva de la SEEA para que incluya en el orden del día de la próxima asamblea general el que debatamos tan importante tema que nos afecta a la mayoría de los miembros, de una u otra forma, y podamos aprobar un escrito que defienda el cumplimiento de unas leyes que contribuyen a un mejor funcionamiento de los mecanismos públicos de concesión de ayudas y reconocimientos de nuestra labor en el campo del arabismo.

27/7/08

Sobre el expediente de cese de la directora de la Alcazaba

Sigue a continuación la Carta al Director enviada al periódico "La Voz de Almería" el jueves 24 de julio de 2008:
Estimado Sr. Director:
Le ruego que se me permita puntualizar las declaraciones que realicé a preguntas de la periodista Marta Rubí y que han sido extractadas en su periódico, dado que considero que lo aparecido el día 23 de julio no refleja fielmente lo que le manifesté en relación con lo que se anuncia como "próximo cese de la directora de la Alcazaba".
Efectivamente, le indiqué que, al conocer la noticia el viernes 18, me había sorprendido y, de ser así, la lamentaba por conocer de cerca la trayectoria de Ángela Suárez y la historia de la Alcazaba no sólo en el pasado sino también en el presente.
Manifesté que tengo serias dudas de que su puesto sea el de un cargo plenamente político que, como vemos en otros ámbitos, se puede quitar y poner a discreción según los vaivenes de la política. En ese sentido, me consta que, en este caso, se ha abierto un expediente de remoción de puesto de trabajo que puede terminar con el traslado de una funcionaria pública, que fue designada para la dirección de la Alcazaba, a otro puesto que, al parecer, aún no existe. Así se le ha notificado a la interesada y ésta ha podido hacer alegaciones en su legítimo derecho en el preceptivo trámite de audiencia, según el procedimiento administrativo. Y está pendiente de que se emita una resolución administrativa por parte de la Consejera de Cultura de la Junta de Andalucía.
Como le manifesté a la periodista, conozco y he seguido de cerca la trayectoria profesional de Ángela Suárez y he podido comprobar que se trata de una persona competente, diligente y dialogante. Seguramente, las actuaciones de la directora de la Alcazaba, como cualquier intervención humana, han tenido claroscuros. A mí no me constan meteduras de pata y considero injusto, por lo que sé, la afirmación de que con ella "se han cerrado las puertas de La Alcazaba". Al contrario, me consta que la Alcazaba tiene sus puertas abiertas a todos sin distinción, de día y también a veces de noche (tienen mucho éxito las visitas nocturnas), y ello después de haber adecentado enormemente el monumento más emblemático de nuestra provincia que hace años parecía tener la condición de vertedero más que de "Bien de Interés Cultural". Y me gustaría subrayar que ello lo ha conseguido con un presupuesto bastante bajo. En ese sentido, creo que los responsables de las asociaciones a las que supuestamente se les ha cerrado las puertas de la Alcazaba deberían precisar qué es lo que querían organizar, pues, al parecer, en algún caso, las pretendidas actividades consistían en el disfrute particular, estableciéndose peligrosos precedentes, como una comida de socios de una determinada asociación de iniciativa privada. Por lo que respecta al tema del procedimiento a seguir para contar por fin con unas buenas guías oficiales (en sus diferentes modalidades: escrita, auditiva...) es algo que daría mucho que hablar y del podría resultar un fructífero debate que nos apartaría del tema que nos ocupa ahora.
Creo que es bueno que los ciudadanos nos acostumbremos a exigir a los poderes públicos que nos gobiernan que actúen con transparencia, responsabilidad y raciocinio. En mi caso, lo exijo como ciudadano y también como interesado por tocar a mi dedicación profesional y he pedido explicaciones a la máxima responsable política, la que habrá de tomar una decisión sobre el expediente de remoción de puesto de trabajo, la Consejera de Cultura, para que aclare muchos interrogantes, como ¿quién ha iniciado el expediente y por qué? ¿Por un cambio en el equipo de trabajo? ¿Qué lo justifica? No olvidemos que las leyes vigentes prohiben a los poderes públicos la arbitrariedad ¿Nuevos proyectos? ¿Cuáles son? ¿No están funcionando los actuales? Si se reconoce la valía de esa funcionaria, ¿por qué no se quiere que siga trabajando donde trabaja?
No deseo alargarme en exceso. Puede que el cese de la directora de la Alcazaba sea una chapuza política, que provoque que se haya de crear un nuevo puesto de trabajo de alto rango, sin necesidad de ello, en el Museo, en un tiempo, además, de crisis económica en el que, como siempre, los ciudadanos de a pie, que con frecuencia no tenemos ni arte ni parte pagamos con los impuestos directos e indirectos lo que otros deciden. Exijamos que sea con responsabilidad y para ello que los responsables justifiquen claramente, sin muletillas, las decisiones que nos afectan de una u otra forma. Lleguemos al fondo para saber qué se esconde detrás del cese de la directora de la Alcazaba.
Jorge Lirola Delgado (Profesor Titular de Estudios Árabes e Islámicos de la Universidad de Almería, miembro de la Comisión Técnica de la Alcazaba y ciudadano almeriense).