3/12/12

¿Cómo funciona la justicia en Almería?



El juez sustituto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Almería, D. Antonio Luis García Valverde, falló una sentencia en el caso de la convocatoria de la cátedra de árabe de la Universidad de Almería, decidiendo la inadmisibilidad del recurso para no entrar en el fondo, argumentando que yo no estaba legitimado para interponer el contencioso. Tras analizar su sentencia, yo afirmo, con rotundidad, que está basada en claros y flagrantes errores, por equiparar el puesto de técnico administrativo con el de profesor catedrático, copiando una jurisprudencia que no tiene nada que ver, por desestimar la que sí tiene que ver (las anulaciones de las cátedras de Filología Inglesa y Filosofía) y que no entiende, por no contestar a los argumentos utilizados por mi abogado sobre los evidentes perjuicios que sufro al no entrar en el fondo, por dejarnos en indefensión y obtaculizar todo lo que pudo el que se pudieran demostrar los hechos durante la prueba testifical en el juicio, pese a lo cual quedaron demostrados (puede verse un resumen en http://www.youtube.com/watch?v=Aa97rOENJ9A&list=UL). Para más inri, afirma  en su sentencia que mi pretensión se basa en “inexistentes incumplimientos del procedimiento establecido”, sin motivar en absoluto dicha afirmación. Le solicité que revisara la sentencia ante los errores constatados, detallándoselos, y a ello contesta con una providencia en la que simplemente dice “estese a lo acordado”, sin dar ninguna motivación ni argumentar en contra de mis alegaciones.
         He intentado hablar con él, tras pedirle una cita por escrito. Ante ello intentó echarme del juzgado llamando a la Guardia Civil, sin mayor argumento ni fundamentación que él lo ordenaba, sin apoyarse en ninguna ley.
         De las argumentaciones que le he expuesto, se deduce la existencia de errores manifiestos, cuya incidencia en el resultado de la sentencia es directa, lo cual, a mi juicio, debería conllevar su corrección de oficio sin necesidad de tener que llegar al TSJA. Podemos discrepar acerca de la gravedad de los errores, pero lo que resulta innegable es que lo planteado posee trascendencia suficiente como para hacer exigible una respuesta motivada por parte del juez. La total falta de motivación implica una violación del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva (art. 24 CE) que lleva aparejado el derecho a conocer los pilares argumentales de las resoluciones judiciales para poder plantear oposición a aquellas en condiciones aceptables.
         Por acción u omisión, por negligencia o a sabiendas, estimo que D. Antonio Luis García Valverde está actuando de forma injusta y arbitraria, lo cual considero que es sumamente grave.
         Y llueve sobre mojado, pues este mismo juez no concedió la suspensión cautelar de la sanción que me impuso D. Pedro Molina García, negándose una y otra vez a revisar su auto, basado, además, en un falso testimonio. Y tuvo que desacreditarlo después el TSJA por la injusticia que había cometido.
         Yo me pregunto: ¿Es este juez una pésima excepción en el ámbito judicial de Almería o es que la justicia funciona así en esta ciudad? Espero que sea una excepción, pues es fundamental que contemos con verdaderos profesionales que actúen respetando las leyes, motivando sus decisiones y sin hacer abuso de poder ni actuar de forma arbitraria. Pues si no, ¿qué podemos hacer? Sin duda, exigirlo.