25/5/14

¿Norma o excepción de la justicia en Almería?


Como profesor poco corporativista al afrontar las irregularidades que se producen en la Universidad en la que trabajo, cuando alumnos han denunciado situaciones de abuso por parte de profesores, no he dudado en apoyarlos aunque ello me haya supuesto enfrentamientos con compañeros y, sobre todo, con autoridades dispuestas a hacer lo que considero abuso de poder. Una de las cosas que me gustaría transmitir a los alumnos es que sepan defender sus legítimos derechos, que sean personas críticas y que se alejen del borregismo y la sumisión a un poder despótico.

            Considero inadmisible la situación de que un alumno reclame frente a un profesor que lo ha suspendido sin más explicación de que no sabe o no ha contestado bien y quede ahí el tema sin más. Los profesores, cuando actuamos como jueces con respecto a los alumnos, tenemos obligación de obrar sin arbitrariedad y justificar nuestra calificación, sin eludir, además, nuestro deber de revisar todo el examen (me he opuesto siempre a aquellos profesores que decían que cuando veían faltas de ortografía u otros errores graves dejaban de leer el examen).

            Es similar en el caso de los jueces cuando los ciudadanos recurrimos a la justicia. Por eso, cuando la juez Dña. Alejandra Dodero Martínez decidió archivar la querella que presenté contra D. José Luis Martínez Vidal por presunta falsedad ideológica en un documento público y lo hizo sin dar ninguna argumentación de porqué estimaba que no había, según ella, delito penal, no dudé en recurrir su decisión. Aquel presunto delito tuvo una especial transcendencia, pues fue utilizado por el juez D. Antonio Luis García Valverde para no conceder la suspensión cautelar de la sanción que me impuso el Rector D. Pedro Molina de 4 años y 3 meses de suspensión de empleo y sueldo.  El TSJA le quitó la razón al juez.

            Un año después, han sido los jueces D. Jesús Martínez Abad, Dña. Soledad Jiménez de Cisneros Cid y D. Luis Durbán Sicilia, actuando el primero como ponente, quienes han decidido revocar el auto de la juez Dodero, pero, para mi sorpresa, no por falta de motivación, ni insuficiente actividad investigadora en relación con el presunto delito, ni errónea concepción del tipo delictivo, que es lo que mi abogado había argumentado de forma detallada y que es el fondo de la cuestión, sino porque la juez no ha indicado si el archivo o sobreseimiento es libre o provisional, que es puramente un formalismo. Para nada se refieren los referidos jueces a los alegatos de mi representante, dejándome claramente desde mi punto de vista en manifiesta indefensión.

            Del mismo modo que no consiento que un profesor quiera tomarle el pelo a un alumno al que examine y califique, no quiero que me lo tomen a mí cuando me juzguen. Creo que lo puedo decir más fuerte, pero no más claro.

            La misma juez Dodero ha decretado el archivo, en este caso como sobreseimiento provisional pero con falta de motivación nuevamente, de la querella contra D. Pedro Molina y otras personas por presunta prevaricación y tráfico de  influencias en la convocatoria de una cátedra de árabe. También lo he recurrido y habrá de pronunciarse la Audiencia Provincial si persevera la juez en el archivo.

            Por otra parte, el juez D. Luis Durbán Sicilia decidió, cuando estaba en el juzgado de instrucción, procesarme por presuntas calumnias al magistrado D. Antonio Luis García Valverde, dando por sentado que mis afirmaciones de que por acción o por omisión había actuado injustamente al juzgar la convocatoria de la cátedra de árabe eran falsas, lo que suponía prejuzgar, sin entrar en el fondo, en un tema sobre el que se tendrá que pronunciar el TSJA. Se están retrasando en señalar el juicio en el que solo podré alegar la más absoluta indefensión.

            El que sí se celebrará pronto, el próximo 6 de junio, es el relativo a la sanción que me impuso D. Pedro Molina, abriéndose, en el caso de que se declare nula, la puerta a recibir una indemnización. Llegado a este caso, en primera instancia o en otra posterior, es mi intención que dicha indemnización no la abone la administración, que somos todos, sino quienes me ocasionaron el perjucio, entre los que se encuentran D. Pedro Molina y D. José Luis Martínez Vidal, de su propio bolsillo y no a cargo del erario público que mantenemos todos con el pago de nuestros impuestos.

            Quiero aprovechar y denunciar públicamente, que a pesar de ir dirigida la querella que interpuse como Jorge Lirola, que tengo como profesión el ser funcionario de la Universidad de Almería, contra la persona de D. José Luis Martínez Vidal, que también era y es miembro de la misma universidad, éste está utilizando a la abogada y a la procuradora de la Universidad de Almería, por lo que esos gastos se los estamos pagando todos los ciudadanos, lo cual estimo que es una irregularidad más propiciada por el Rector D. Pedro Molina, a quien ni siquiera ha llamado a declarar la juez Dodero en la querella que interpuse contra él. Como tengo la intención de saber si lo creen legal tanto los referidos jueces como la fiscal del caso Dña. María Ángeles Pérez Gutiérrez, les presento este escrito por registro a todos ellos.

            ¿Contestarán a las cuestiones o querrán que los ciudadanos los aprobemos sin que respondan a las preguntas o incluso cuando salgan por peteneras? En mi caso, cuando un alumno no contesta o responde a otra cosa no lo puedo aprobar pues es fomentar que sea un jeta o un ignorante, según el caso.